¿Sabes que tienes derecho a trabajar en un lugar amable?
Se entiende como condiciones de trabajo cualquier aspecto del trabajo con posibles consecuencias negativas para la salud de los colaboradores. Además de aspectos ambientales y los tecnológicos, las cuestiones de organización y ordenación del trabajo.
Cada puesto de trabajo tiene diferente nivel de riesgo, hay puestos de trabajo en los que las personas tienen contacto con sustancias, materiales y máquinas peligrosas o bien con exigencias físicas forzadas, con condiciones climáticas perjudiciales, etc.
La seguridad y la salud laboral incluyen todas aquellas acciones que se llevan a cabo para poder garantizar que los trabajadores desarrollen sus tareas con el mínimo de riesgo posible. Estas medidas vienen determinadas por la Organización Internacional del Trabajo, la OIT, que es el organismo internacional que se encarga de establecer dichas condiciones de trabajo en todo el mundo.
Tipos de riesgos laborales
Los riesgos que pueden sufrir los trabajadores se dividen en 5 tipos:
- Riesgos químicos: Son aquellos que se originan por la presencia o utilización elementos químicos en el puesto de trabajo, y que pueden afectar a la salud de los trabajadores con, por ejemplo, afecciones respiratorias, reacciones alérgicas, etc.
- Riesgos biológicos: Son los que existen en puestos de trabajo en los que se está en contacto con agentes infecciosos. Por ejemplo, en un quirófano, en un servicio de urgencias de un hospital, etc.
- Riesgos físicos: Están relacionados con el entorno en el que se tiene lugar la prestación de servicios. Por ejemplo, el nivel de calor, frío, humedad, e iluminación, entre otros.
- Riesgos ergonómicos: Son los que derivan de una inadecuada posición o postura durante el desarrollo del trabajo. Algunos ejemplos pueden ser: un telefonista en un call-center que dispone de un auricular; un administrativo que se sienta en una silla excesivamente reclinada; o, una recepcionista con la pantalla de su ordenador a una altura inadecuada.
- Riesgos psicosociales: Son los que pueden derivar situaciones tales como tener una carga excesiva de trabajo, soportar un desmesurado nivel de exigencia por parte de sus superiores, entre otros. Pues, estas situaciones pueden desembocar en que el trabajador sufra ansiedad, depresión, insomnio, fatiga mental, etc.
También las condiciones de empleo influye en la salud , el modo en que se presta el trabajo: los tipos de contratos, la jornada, el reparto de género de las tareas, la doble jornada, ambiente laboral, etc. Todos estos aspectos tienen mucho que ver con la calidad de vida y la salud de los colaboradores. Cuando hablamos de salud laboral y, por lo tanto, de salud en el trabajo debemos tener en cuenta todos estos temas.
Ergonomía
La Ergonomía, es el término aceptado mundialmente para definir el conjunto de conocimientos multidisciplinares que estudia las capacidades y habilidades de los humanos, analizando aquellas características que afectan al diseño de productos o procesos de producción.
En todas las aplicaciones, el objetivo es común; adaptar productos, tareas, entorno y herramientas a las necesidades y capacidades de las personas, mejorando la eficiencia, seguridad y bienestar de usuarios y trabajadores. En definitiva el planteamiento ergonómico consiste en diseñar los productos y los trabajos de manera que éstos se adapten a las personas.
La ergonomía es una opción para que las condiciones laborales sean más agradables y confortables pero es esencial contar con un programa de seguridad e higiene en el trabajo.
Disposiciones legales en seguridad e higiene en el trabajo
Por ley los contratantes o patrones están obligados a cumplir con las normas mexicanas de seguridad y salud en el trabajo que están presentes en la Ley federal del trabajo y en el Reglamento Federal de Seguridad y salud en el trabajo. Las normas oficiales mexicanas que emite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social determinan las condiciones mínimas necesarias para la prevención de riesgos de trabajo y se caracterizan por que se destinan a la atención de factores de riesgo, a los que pueden estar expuestos los trabajadores.
Existen 41 normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Dichas normas se agrupan en cinco categorías: de seguridad, salud, organización, específicas y de producto. Su aplicación es obligatoria en todo el territorio nacional, aquí te mencionamos dos de estas categorías para que te des una idea:
¿En qué consiste la NOM 035-STPS-2018?
Recientemente se han realizado diferentes iniciativas en pro de los ambientes laborales sanos, es el caso de la NOM 035-STPS-2018, la cual pretende establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Debido a que es un tema de moda, ha habido mucha información al respecto y en ocasiones no ha sido información verídica y confiable, algunas noticias falsas que se han colado son las siguientes:
- No hay obligación de contratar una unidad de verificación, es opcional;
- El cumplimiento con el PRONABET no significa cumplimiento con la Norma;
- No es obligatorio la contratación de un psicólogo;
- No contempla la obligación de certificaciónn;
- No existe obligación de algún curso de liderazgo, yoga organizacional, coaching o inteligencia emocional, entre otros. Las acciones de control dependerá del análisis de los factores de riesgo psicosocial de cada centro de trabajo;
- La norma no contiene ningún instrumento para la medición del estrés, por lo que es falso que los centros de trabajo tendrán que pagar multas debido al estrés de los trabajadores;
- Antecedente de la NOM-035-SYTPS-2018
La Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación es un mecanismo de adopción voluntaria para reconocer a los centros de trabajo que cuentan con prácticas en materia de igualdad laboral y no discriminación, para favorecer el desarrollo integral de las y los trabajadores.
Esta certificación está dirigida a todos los centros de trabajo públicos, privados y sociales establecidos en la República Mexicana, de cualquier tamaño, sector o actividad. Para obtenerlo, los centros de trabajo deberán recibir una auditoría de tercera parte, para verificar que sus políticas y prácticas cumplen con los requisitos de igualdad laboral y no discriminación.
Los principales ejes son: incorporar la perspectiva de género y no discriminación en los procesos de reclutamiento, selección, movilidad y capacitación; garantizar la igualdad salarial; implementar acciones para prevenir y atender la violencia laboral; y realizar acciones de corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal de sus trabajadoras y trabajadores, con igualdad de trato y de oportunidades.
Estadísticas sobre el estrés Laboral en México
Una encuesta del Centro de Carrera Profesional en línea de OCCMundial revela que siete de cada 10 mexicanos han sufrido acoso laboral. El sondeo informa también que:
- 8 de cada 10 entrevistados confirmó haber sido testigo de mobbing en contra de algún compañero de trabajo y del total, 11% reconoció haberlo ejercido de alguna forma y sólo 2.0% aceptó hacerlo regularmente. Un 46% se refiere al acoso por conflictos personales, 33% acoso por placer, 21% por motivos económicos y ese mismo porcentaje mencionó el acoso sexual.
- Asimismo, siete de cada 10 afirmó sufrir o haber sido testigo de acoso de parte de sus superiores y como consecuencia, ocho de cada 10 han pensado o decidido cambiar de trabajo por acoso laboral de parte de sus jefes.
AcosoLaboral y mobbing
Heinz Leymann lo declara de la siguiente manera, “aquella situación en la que una persona ejerce violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir redes de comunicación de la víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que finalmente esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo”
La expresión mobbing es un término implementado en los ochentas por Leymann que es utilizado en los casos de “persecución psicológica y de acoso laboral” a una víctima para ocasionar un daño psicológico y así, la exclusión de un grupo laboral o del lugar de trabajo”.
Bibliografía
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Forestales (2020) Ergonomía [En línea] http://forestale.ibv.org/index.php?option=com_content&view=article&id=9&Itemid=136
Gom.mx (2020) Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación [En línea] https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/norma-mexicana-nmx-r-025-scfi-2015-en-igualdad-laboral-y-no-discriminacion
Marben abogados () Seguridad y salud en el trabajo [En línea] https://www.marbenabogados.com/seguridad-e-higiene-en-el-trabajo/
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